miércoles, 6 de septiembre de 2017

Apoderan a la Cámara de Diputados de proyecto para regular el aborto

La Cámara de Diputados fue apoderada de un proyecto de ley que busca regular los derechos en materia de salud sexual y reproductiva y regular las condiciones de la interrupción del embarazo.

El proyecto, de la autoría del diputado peledeísta por San Cristóbal Orlando Espinosa, también regulará las instituciones que estén habilitadas para tales fines.

“Este proyecto presenta una salida para que se apruebe el Código Penal y que además se despenalice el aborto en sus causales, que es una demanda la sociedad”, dijo Espinosa

La iniciativa de “Ley de Salud Sexual y Reproductiva” establece, en un considerando, que el Estado está en la obligación de garantizar los derechos relativos a la salud sexual y establecer una regulación ante una posible interrupción voluntaria del embarazo cuando esté en riesgo la vida de la madre.

“El aborto de manera clandestina no se ha podido eliminar a lo largo de la vida republicana lo que pone en riesgo permanente la vida de las madres, y el enriquecimiento ilícito de los profesionales que sin ningún escrúpulo lo practican, por lo que hay que atender a los reclamos de la conciencia social mayoritaria que reconoce la relevancia de los derechos de las mujeres en lo que a la maternidad se refiere”, manifestó Espinosa.

Expresó que dada la realidad social de República Dominicana,  obliga a legislar de manera especial, y fuera del Código Penal, tomando en consideración los casos de interrupción del embarazo cuando el mismo sea producto  de estupro, incesto, inminente peligro de la vida de la madre, y cuando se compruebe la existencia de graves daños físicos o psíquicos en el feto que no le permitan vivir más allá del nacimiento.

¿Qué indica el proyecto de ley?

El proyecto reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida, por lo que, “en el ejercicio de los derechos fundamentales como la libertad, la intimidad y la autonomía de las personas, todos tienen el derecho a adoptar libremente decisiones que afecten su vida sexual y reproductiva sin afectar los derechos de los demás”, dice la pieza en su artículo 3.

Requisitos necesarios para la interrupción voluntaria del embarazo:

La ley indica que la interrupción del embarazo deberá ser por un médico especialista y deberá ser realizado en un centro sanitario público o privado acreditado a estos fines.
Que se realice con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer embarazada mediante un representante legal con la información y la documentación clínica que lo justifique.
Por razones médicas, donde la vida de la madre corra riesgo el embarazo no deberá superar las dieciséis semanas.

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