sábado, 6 de abril de 2019

El TC declara inconstitucional prohibir propaganda política en la precampaña

El Tribunal Constitucional declaró este viernes inconstitucional prohibir propaganda política durante la precampaña.

También ha declarado inconstitucional el artículo 44, numeral 6 de la ley 33-18 de Partidos Políticos, que prohíbe “la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos”.

Debido al fallo, queda sin efecto la resolución del pleno de la Junta Central Electoral que suspendió las actividades proselitistas a aspirantes a cargos públicos.

El TC acogió el recurso interpuesto por Namphi A. Rodríguez, Héctor Herrera Cabral y la Fundación Prensa y Derecho, INC. contra el artículo 44 numeral 6 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, del 13 de agosto de 2018.

“Acoge, en cuanto al fondo, la acción y declarar la inconstitucionalidad del artículo 44 numeral 6 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos”, establece el comunicado, en el que, además, se indica que la sentencia cuenta con votos particulares.

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