El Estado dominicano cuenta desde el pasado lunes con una nueva Ley de Aduanas (168-21) luego de su promulgación por el presidente de la República, Luis Abinader. La norma deroga la legislación 3489, misma que estaba vigente desde la dictadura de Rafael Trujillo, tras su aprobación en 1953.
La nueva legislación indica que las administraciones y otras oficinas aduaneras podrán recibir documentación en inglés, además faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a imponer multas, manejar el 4 % de los ingresos que recaude y establece garantías económicas a los agentes aduanales para su operación.
Asimismo, la DGA deberá transferir cada mes los ingresos por la venta de los formularios de declaración única aduanera de exportación al Centro de Explotación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD).
En su artículo 13 la norma señala que los recursos financieros de Aduanas estarán integrados, entre otros, por el 4% de la recaudación efectiva obtenida cada mes por concepto de los tributos al comercio exterior administrados por esta.
El director de Aduanas, Eduardo Sanz Lovatón, afirmó que la ley permitirá que aumenten las inversión y recaudaciones.
“Esta ley va a incrementar las recaudaciones, primero porque va a incrementar la inversión y segundo, porque va a aumentar la transparencia. Antes, aquí había una discrecionalidad que asustaba, la gente decía si se cometía un error o si había una subvaluación el poder sancionador era demasiado arbitrario y te podían poner el cuádruple de una multa y quebrar una empresa por cualquier pícame este ojo”, criticó.
La Asociación de Navieros (ANRD) expresó este martes su apoyo a la ley, calificándola como un aporte importante a la competitividad y modernización al régimen aduanal del país y por eficientizar los procesos logísticos y sus regulaciones.
Asimismo, la Asociación de Industrias (AIRD) saludó la promulgación de la ley, asegurando que constituye un paso de avance muy importante al armonizar la legislación aduanera nacional con los acuerdos internacionales, tanto en materia de aduanas como comercial.
Celso Juan Marranzini, presidente de la AIRD, dijo que la ley simplifica y armoniza los procedimientos aduaneros, reduce trámites y procesos burocrático sin afectar la operatividad aduanera y evita la discrecionalidad de los funcionarios.
La obligación tributaria aduanera no pagada en un plazo de 10 días, implicará la aplicación de un interés de un 30 % de la tasa efectiva promedio del mercado, según lo determine la DGA, por cada mes o fracción de mes de mora, según el artículo 102.
La norma, en apoyo a la competitividad aduanera, precisa que las administraciones y oficinas de la DGA, habilitadas para recibir declaraciones con ocasión de la importación de mercancías u otras operaciones, podrán recibirla inglés, cuando así esté consignado en la documentación que sirve de base a la transacción de que se trate, con el propósito de agilizar el proceso de despacho, sin perjuicio de que posteriormente, por razón justificada, se requiera en español.
En el artículo 338, sobre contrabando, la ley dejó sin variación el monto de 10 mil dólares con el cual una persona podía ingresar a territorio nacional sin ser declarado reo de contrabando, establecido en la legislación anterior.
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