domingo, 12 de noviembre de 2017

Empresa del sector Mipymes demanda al Estado por incumplimiento de la cuota en compras y contrataciones públicas

SANTO DOMINGO. Una empresa del sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) depositó un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en contra de varias instituciones del Estado por supuesto incumplimiento de la cuota legal del 20% a la Mipymes del presupuesto general de las compras y contrataciones públicas.
La empresa ESC-GROUP, SRL depositó el recurso de amparo en contra de la Presidencia de la República, del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), la Oficina Supervisora de Obras del Estado (OISOE), el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), los Comedores Económicos del Estado Dominicano y de la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas.
La empresa, que se dedica a la fabricación nacional luminarias LED en la República Dominicana, asegura que a la fecha no ha podido aprovechar las prerrogativas legales de estímulo e incentivo a las Mipymes, supuestamente por razones atribuibles a las constantes violaciones del sistema de compras y contrataciones por parte de diversas instituciones públicas.
La accionante ESC-GROUP, SRL. ostenta una serie de prerrogativas legales que la favorecen en el marco de procesos de compras y contrataciones, dada su condición de empresa Mipymes, dirigida por mujeres, Mipymes de producción nacional y considerada proveedor único de fabricación nacional luminarias LED en la República Dominicana.
Explica que para un mejor entendimiento del problema jurídico que se plantea ante el Tribunal Superior Administrativo, expone de manera específica, que la forma como ha sido malinterpretada y distorsionada, en la práctica, toda la normativa que regula el sector Mipymes, incluyendo, pero no limitándose a la Ley número 340-06 y sus modificaciones, la Ley 488-08 (que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Mipymes y los decretos números 543- 12 y 164-13, así como los principios de participación, de libre concurrencia, equidad e igualdad de trato y de competencia efectiva.

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