El Intrant recordó que el artículo 195 de la ley 63-17 prohíbe la circulación por las vías públicas de los vehículos equipados o modificados con parachoques (defensa) no agregados por el fabricante o no aprobados por la entidad.
El director de Vehículos de Motor del Intrant, José Ernesto Morel, informó mediante un comunicado que a partir del 2 de octubre los conductores tienen un plazo de 30 días calendario para retirar las barras o defensas. Pasado el referido periodo la entidad procederá con las sanciones conforme a la legislación.
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